Decide aprobar la enmienda propuesta al párrafo 2 del artículo 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño, por la cual se sustituiría la palabra “diez” por la palabra “dieciocho”.
La presente es copia fiel y completa en español de la Enmienda al párrafo 2 del artículo 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Conferencia de los Estados Partes, el doce de diciembre de mil novecientos noventa y cinco.
Ley nº 10 del CONSEJO DE CONTROL - CASTIGO DE LOS CULPABLES DE CRÍMENES DE…
Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).…
Call for Papers for Vol. 29 (2025) is now open. Manuscripts dealing with any topic of…
LAUDO ARBITRAL DE 3 DE OCTUBRE DE 1899 (GUYANA C. VENEZUELA) [EXCEPCIÓN PRELIMINAR] Resumen del…
Ciertos activos iraníes (República Islámica del Irán c. Estados Unidos de América) Resumen del fallo…
APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL…